En la última sesión ordinaria del Concejo Deliberante se aprobó la creación de la Mesa de Estudio para la Regulación de Agroquímicos, como órgano interdisciplinario de participación Inter-Institucional, en el ámbito del Honorable Concejo Deliberante.
A continuación, la normativa:
Artículo 1°
Dicha mesa tendrá la misión primordial de:
a) La elaboración de un diagnóstico de la situación actual sobre el uso de agroquímicos en el distrito de Chascomús.
b) Ampliar el conocimiento de la temática que nos convoca y dictaminar sobre las dos propuestas presentadas al Honorable Concejo Deliberante.
c) Evaluar a través de un mapeo confeccionado por el Departamento Ejecutivo las reales posibilidades de la aplicación del Proyecto Ordenanza 4758.
d) Evaluar las sugerencias de la Propuesta de Ordenanza presentado por la ASAMBLEA PAREN DE FUMIGARNOS CHASCOMÚS.
e) Proponer un marco normativo para nuestro distrito adecuado a las normas Provinciales y Nacionales vigentes.
f) La elaboración de campañas locales de concientización y prevención de todos los actores involucrados: productores, comercializadores, fumigadores, aplicadores y otros.
Artículo 2º: Integración
La Mesa de Estudio para la Regulación de Agroquímicos estará integrada, por las siguientes personas:
1) Un concejal de cada bloque que integre el Honorable Concejo Deliberante.
2) Un representante del área de: Salud, Desarrollo Sustentable, Bromatología, Producción, Planificación, Educación, designados por el Señor Intendente Municipal.
3) Un representante de la Asamblea Paren de Fumigarnos Chascomús
A los efectos de una integración amplia de la Comisión para que puedan escucharse las distintas opiniones de la comunidad, la Presidencia del cuerpo deberá efectuar, dentro de los cinco días de sancionado el presente decreto, una amplia convocatoria a través de los medios de comunicación de la ciudad, a los efectos que las instituciones y/u organizaciones interesadas en la temática puedan presentarse y manifestar su intención de integrar la comisión. Para ello deberán inscribirse en el registro abierto a tal efecto en la Presidencia del HCD, en un plazo de cinco días. Vencido ese plazo, la comisión quedará integrada definitivamente por quienes notificaron su intención de participar, sin perjuicio del derecho de la comisión de solicitar la intervención de otras instituciones a los efectos consultivos.
Artículo 3º: Duración y plazos y periodicidad de encuentros.
La presente mesa tendrá una duración de treinta (30) días no corridos, prorrogables por única vez por otros treinta días (30). En dicho plazo, se deberá elaborar informes mensuales de avance, que serán remitidos a la Presidencia del cuerpo y a las instituciones que la conformen.
A su vez esta Mesa se convocará cada diez (10) días a fin de cumplimentar lo requerido en el artículo 1º.Una vez finalizado el plazo se deberá emitir un documento final que plantee el análisis de la temática en cuestión y las recomendaciones al respecto.